Asamblea General

Según los estatutos vigentes,

ARTICULO 12. MÁXIMA AUTORIDAD. La Asamblea General,es la máxima autoridad de orientación y control de resultados de la Corporación. Sus decisiones serán de obligatorio cumplimiento para todos los miembros de la Institución, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales y estatutarias

ARTICULO 19. ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL. 

Son atribuciones de la Asamblea General:

  1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los Estatutos y demás normatividad externa e interna expedida en función del desarrollo de la actividad educativa.
  2. Establecer las políticas y directrices generales de la Corporación de acuerdo con sus objetivos misionales para asegurar el cumplimiento de los mismos.
  3. Velar y exigir que los recursos de la Corporación sean empleados correctamente.
  4. Conocer, evaluar y decidir sobre los informes que rinde el Presidente del Consejo Directivo y el Rector, acerca de sus gestiones y la marcha general de la Institución.
  5. Examinar y decidir sobre los Estados Financieros
  6. Establecer las reservas legales o estatuarias que considere pertinentes para la continuidad y buena marcha de la institución a futuro.
  7. Conocer y decidir sobre el dictamen del Revisor Fiscal.
  8. Elegir a los representantes de la Asamblea con sus respectivos suplentes personales al Consejo Directivo.
  9. Elegir y remover libremente al Revisor Fiscal y su suplente y fijar sus honorarios
  10. Decidir en reunión ordinaria o extraordinaria sobre prendas de garantía, enajenación, ofertas o promesas de venta de los bienes inmuebles. Esta aprobación requiere del 90% de los votos de los Asambleístas participantes con voz y voto.
  11. Disponer la disolución y liquidación de la Corporación, de conformidad con las causales establecidas en la Ley y en los presentes Estatutos
  12. Decretar al tenor del parágrafo dos, del Artículo 3 de los Estatutos, la transformación de la Corporación en otra, u otras de igual o similar naturaleza.
  13. Examinar y decidir sobre las reformas estatutarias.
  14. Dirimir o resolver las controversias que sobre la interpretación de los estatutos se presenten al interior de la reunión. Esto conforme a la normativa constitucional y legal.
  15. Decidir sobre la vinculación de nuevos miembros de la Asamblea, acatando el articulado del Reglamento Interno de Asambleístas.
  16. Declarar y motivar la perdida de los derechos o investidura de un miembro de Asamblea, previo cumplimiento del debido proceso, acatando el articulado del Reglamento interno de Asambleístas.
  17. Decidir con base en los resultados financieros y a mera liberalidad el otorgamiento de un reconocimiento económico a los integrantes del Consejo Directivo, de acuerdo al reglamento que para tal fin expida la Asamblea.
  18. Expedir, aprobar y/o reformar su propio reglamento.
  19. Las demás que le señalen la Constitución, las leyes y los presentes Estatutos

consejo directivo

Según los estatutos vigentes,

CAPITULO II CONSEJO DIRECTIVO

El Consejo Directivo es la máxima autoridad de dirección estratégica, académica, administrativa y financiera de la Corporación. Corresponde a éste órgano asegurar y velar por la buena marcha de la Institución y que sus actuaciones sean acordes con las disposiciones constitucionales, legales, estatutarias y reglamentarias. Está subordinado a las directrices y políticas de la Asamblea General y es responsable ante ésta, por el funcionamiento de la Corporación. Para el efecto delega en el rector la gestión y operatividad de los procesos institucionales

ARTICULO 26. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.

Son las siguientes:

  1. Definir políticas y lineamientos estratégicos que permitan cumplir con el objetivo misional, y que garanticen la buena marcha de la Institución en concordancia con la Constitución, las leyes de la nación, los Estatutos y demás reglamentos internos.
  2. Analizar, evaluar, conceptuar y tomar decisiones en cuanto a expedir o modificar plan de desarrollo institucional, PEI, políticas, objetivos y estrategias
  3. Realizar seguimiento a la gestión (estratégica, académica, administrativa y financiera) diseñando e implementado mecanismos de control que permitan medir y evaluar la gestión general, y la de cada uno de los procesos.
  4. Analizar, evaluar y tomar decisiones sobre la creación, modificación, suspensión, o supresión de programas académicos de pregrado o postgrado,previo concepto de Consejo Académico.
  5. Analizar, evaluar y tomar decisiones sobre los reglamentos: Estudiantil, Docente, Investigación y Extensión previo concepto de Consejo Académico. Así como, los reglamentos de Bienestar Institucional, Personal Administrativo y los demás que sean necesarios para el adecuado funcionamiento de la Institución y que por intermedio del rector presenten los responsables de cada proceso.
  6. Crear, modificar o suprimir las unidades académicas, administrativas e investigativas, escuelas o institutos de la Corporación entre otras, y tomar decisiones del caso, previo concepto del Consejo Académico
  7. Escuchar los informes de gestión académica y administrativa que presente la rectoría, financieros que presenta el contador y aquellos otros, que, por intermedio del Rector, presenten los Directores de Unidad y demás funcionarios administrativos de la Corporación para tomar las decisiones del caso.
  8. Velar, exigir y garantizar que los recursos de la Corporación sean empleados correctamente.
  9. Fijar el valor de las matrículas y demás derechos pecuniarios.
  10. Designar los integrantes del Comité de becas y otros comités, conforme a los parámetros establecidos.
  11. Resolver los casos disciplinarios que reglamentariamente le correspondan.
  12. Aprobar el presupuesto de ingresos, gastos e inversiones de cada vigencia que presenta la rectoría. Igualmente, tomar decisiones sobre los ajustes o modificaciones (traslados, adiciones, reducciones o supresiones).
  13. Expedir y aprobar el reglamento general para la elección del rector.
  14. Aprobar y/o modificar la estructura orgánica y salarial, así como aprobar, modificar o congelar la planta de cargos.
  15. Definir las políticas para la vinculación, contratación y promoción del personal que labora en la Institución.
  16. Elegir al Rector.
  17. Remover al rector, previa comprobación de los hechos y desarrollando el debido proceso, cuando:
    1. La calificación del desempeño laboral sea deficiente.
    2. Cuando haya incumplimiento de las funciones, deberes y responsabilidades.
    3. por violación del régimen disciplinario, o alguna de las demás causales previstas en la Constitución, la ley o los reglamentos internos.
  18. Analizar y decidir sobre la celebración de actos o contratos concernientes a inversiones de la Corporación, cuando su valor exceda los veinticinco (25) salarios mínimos mensuales legales vigentes. El Consejo Directivo queda facultado para reajustar periódicamente esta cuantía de acuerdo con las circunstancias.
  19. Evaluar y tomar decisiones sobre la celebración de contratos o convenios que pretenda celebrar el Rector con Instituciones públicas o privadas nacional eso internacionales y/o entes gubernamentales 
  20. Decidir sobre comisiones nacionales e internacionales, licencias, vacaciones y permisos al Rector y designar en su ausencia a la persona que transitoriamente debe reemplazarlo.
  21. Designar los representantes de la Corporación para participar en juntas, asociaciones o eventos por fuera del territorio nacional.
  22. Expedir, reformar y aprobar, el Reglamento del Consejo Directivo y Código de ética y buen gobierno u otros que por su naturaleza le corresponda.
  23. Convocar a los Miembros de la Asamblea de la Corporación a reuniones ordinarias, o, extraordinarias cuando lo considere necesario. 
  24. Revisar y avalar los informes que se deben presentar a la Asamblea General
  25. Presentar ante la Asamblea General candidatos para ser seleccionados como miembros activos y honorarios de la Asamblea General en coherencia con los reglamentos.
  26. Decidir sobre las donaciones, herencias y legados que se hagan a la Institución.
  27. Presentar a la Asamblea General por intermedio del Presidente del Consejo Directivo o de quien haga sus veces, el informe de la gestión desarrollada por este órgano de Dirección.
  28. Interpretar el sentido y alcance de los Estatutos y Reglamentos que rigen en la Corporación.
  29. Las demás que le correspondan de conformidad con la ley, los presentes Estatutos, los reglamentos internos y las disposiciones de la Asamblea General.

PARÁGRAFO UNO: El Consejo Directivo tomará sus determinaciones por medio de Acuerdos.

PARÁGRAFO DOS:El Consejo Directivo responderá por los perjuicios que ocasione a la Corporación o a terceros por actuar con negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones.